Conocé cómo acceder al servicio del Ministerio de Gobierno que posibilita acceder a la titularidad de tu hogar.
La Dirección de Regularización Dominial tiene por finalidad brindar solución a todos aquellos poseedores y sus familias, que no han podido acceder a la titularidad de su única vivienda en la que habita. Funciona en Agustín Gnecco 395 sur, Capital, San Juan.
Qué es la Dirección de Regularización y Consolidación Dominial
La Dirección de Regularización y Consolidación Dominial es un organismo dependiente del Ministerio de Gobierno que tiene por finalidad brindar solución a todos aquellos poseedores y sus familias, que no han podido acceder a la titularidad de su única vivienda en la que habitan actualmente y que ocupan desde la fecha que establecen la leyes N° 24.374 y 1808-C, en forma lícita, acreditando tal circunstancia con la documentación pertinente.
Asesoramiento y turnos
Vía WhatsApp al 2644823359
Quiénes pueden acceder al trámite
Las personas humanas ocupantes originarias del inmueble, que no sean propietarias de otra vivienda.
El cónyuge y herederos del ocupante originario que hayan continuado con la ocupación del inmueble.
Las personas, que sin ser herederos, hayan convivido con el ocupante originario, recibiendo trato familiar y que hayan continuado con la ocupación del inmueble.
Los que, mediante acto legítimo fuesen continuadores de dicha posesión.
Requisitos para acogerse a los beneficios de la ley
Poseer el inmueble por causa lícita durante tres (3) años con anterioridad al 1° de enero de 2009 (Se debe demostrar que se vive en el inmueble mínimamente desde el año 2006)
Que el inmueble tenga como destino principal el de casa habitación, única y permanente.
Cómo acreditar la ocupación
Con cualquier tipo de constancia documental en la que conste el domicilio del inmueble a regularizar y la fecha de expedición de la misma.
Ejemplos:
- Boleto de compraventa
- Cesión de Derechos
- Libreta de pagos
- Títulos antecedentes
- Recibo de compra
- Cesión de Derechos Posesorios,
- DNI de los beneficiarios y del grupo familiar que habitan el bien a regularizar
- Recibos de pago de Tasa Municipal y/o Impuesto Inmobiliario provincial, Facturas de servicios, agua, Electricidad, Cable, Gas Natural, teléfono fijo y celular, internet, etc.
- Planos de cualquier clase si los hubiese.
- Libretas escolares, certificados médicos, certificados de trabajo, correspondencia, resúmenes de tarjetas de crédito, etc.
- Partidas de nacimiento, matrimonio, defunción actualizadas, certificados, resoluciones judiciales o informaciones sumarias que acrediten el estado civil, parentesco o la condición que invocaren.
Quiénes están excluidos para iniciar el trámite
- Los propietarios o poseedores que tengan otra vivienda
- Los inmuebles de dominio público y privado de la Provincia de San Juan.
Costo del trámite
El único costo que tiene que pagar el ocupante una vez finalizada la etapa administrativa previo a escriturar, es una contribución única del 1 % del avalúo fiscal.
Cómo asesorarse
- En forma presencial, en la oficina de la Dirección, ubicada en calle Agustín Gnecco N° 395 (sur), de 7 a 13 horas.
- O por Whatsapp al 2644823359, enviando tu consulta.