Si vas a pescar, recordá la reglamentación vigente

Esta actividad se encuentra habilitada para su práctica en diques de toda la provincia, siempre con permiso oficial.

 

Si vas a pescar, recordá la reglamentación vigente

A partir del 1 de diciembre del 2020, la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable habilitó la práctica de la pesca deportiva en diques de toda la provincia, quedando aun prohibida esta actividad en ríos.

La pesca está regulada a través de la legislación ambiental, que exige a cada pescador contar con el permiso habilitante. Este permiso se puede adquirir en comercios de venta de artículos de pesca, el valor del mismo es el siguiente:

  • Diario: $96
  • Semanal: $180
  • Anual: $924
  • Los jubilados no necesitan adquirir el permiso, solo deben acreditar su situación con carnet o recibo de sueldo.

La práctica de la pesca se encuentra habilitada en los diques de Ullum, Punta Negra, Cuesta del Viento y San Agustín, de lunes a sábado de 9 a 17 horas.

En el dique San Agustín, Valle Fértil, se pueden extraer hasta 5 (cinco) ejemplares de pejerrey y 10 (diez) ejemplares de sogyo por pescador por día.

Pudiéndose pescar todos los días de la semana, el horario estará limitado solo a las horas de luz solar, (en la actualidad bajo lo establecido por protocolo COVID-19).

Por otra parte, para la pesca en diques y embalses se permite el empleo de una (1) caña con no más de tres (3) anzuelos por línea y la utilización de carnada natural muerta (art. 36°). En los diques y embalses de la provincia se permite la captura de hasta veinticinco (25) ejemplares de pejerrey y una (1) trucha arcoíris por día y por pescador. Carpas y dientudos sin límite de captura.

El acopio de capturas por una o más jornadas de pesca en ningún caso podrá exceder el límite diario (Artículo 37°).

Pesque siempre con permiso oficial, evite multas.

FUENTE : SISANJUAN